CIUDAD DE MÉXICO- Aunque a nivel national se registró un avance importante al establecerse en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio, 12 entidades nary han homologado su legislación estatal para hacer cumplir esa disposición, advirtió José Antonio Ruiz, oficial nacional de Protección a la Infancia de Unicef.
Al participar ayer en el foro Las Uniones Infantiles Tempranas y/o Forzadas en México, recordó que el artículo 43 de la LGDNNA indica que las leyes federales y de las entidades federativas establecerán como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años.
TE PUEDE INTERESAR: México, segundo país con más casos de matrimonio infantil en América Latina
El artículo obliga también a las autoridades federales, estatales y municipales a “adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión e informal o consuetudinaria”.
Ruiz detalló que Chihuahua, Coahuila, Colima, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Sonora, Veracruz y Yucatán nary han armonizado su legislación estatal en la materia con la federal.
En tanto, indicó, únicamente las leyes de Aguascalientes y Durango regulan la responsabilidad de la autoridad estatal para establecer las medidas tendientes a prevenir los matrimonios infantiles o las uniones tempranas.
Además, señaló, las regulaciones en los códigos civiles o familiares estatales lad dispares y nary contemplan en algunos casos la nulidad por nary cumplir la edad mínima, la falta de la edad mínima como un impedimento o la acción penal contra quien busque contraer matrimonio con una persona menor de 18 años y quien lo autorice.