TEPJF ordena al INE investigar acordeones e injerencia de MC en elección judicial de NL

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Ciudad de México / 16.07.2025 17:27:59

El Tribunal Electoral ordenó al INE iniciar un procedimiento especial sancionador y cumplir su obligación de investigar la denuncia presentada por el PAN en contra de Movimiento Ciudadano, por su supuesta injerencia en la elección judicial de Nuevo León y el reparto de acordeones.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación respaldó por unanimidad de votos, el proyecto de la magistrada Janine Otálora, que propuso revocar la decisión de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de nary admitir la queja del PAN con el argumento de que los partidos políticos nary tienen legitimidad para presentar quejas o denuncias sobre la elección judicial.

Piden investigar reparto masivo de acordeones en elección judicial 

Este caso se centra en una queja en contra del coordinador estatal de Movimiento Ciudadano quien además es diputado local, y quien “habría publicado la foto de un acordeón en sus redes sociales” en la que “a motivo de burla, hace referencia a prepararse para realizar un fraude en la elección del 1 de junio”, lo que podría estar relacionado con el reparto masivo de acordeones en la elección judicial de Nuevo León.

La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral determinó nary iniciar un procedimiento con el argumento de que los partidos políticos nary pueden intervenir en el proceso, misdeed embargo, Otálora Malassis sostuvo que en este caso la premisa es incorrecta, pues se trata de un partido denunciando a otro y nary de la injerencia sobre una candidatura o el proceso.

“La Constitución y la ley encomiendan al INE ser el órgano garante de la función estatal de organizar elecciones que evidentemente comprende tanto la vigilancia administrativa del orden jurídico, como la investigación y sanción de toda conducta que pueda transgredirlo. Recordemos que el sistema electoral, para resguardar sus principios rectores contempla un conjunto importante de prohibiciones que, generalmente está articulado como infracciones sancionables y el sistema también deposita en el INE la tarea institucional de hacerlas cumplir.“Esto es una cuestión de interés público y los procedimientos sancionadores son, simplemente, el mecanismo diseñado para alcanzar dicho fin. Y dado que se trata de procedimientos de interés público cuyo objetivo es ofrecer condiciones para el ejercicio de los derechos de participación política, el INE nary puede excusarse de investigar posibles infracciones electorales, si existen elementos de su probable comisión.“En este caso, estimo que la medida en que, ciertamente es un partido político pero viene denunciando a otro partido político, nary denuncia a candidaturas en especial, sino exclusivamente a un partido político por una indebida injerencia en el proceso electoral”, explicó la magistrada.

Por unanimidad de votos, se ordenó revocar el desechamiento del INE

La magistrada presidenta, Mónica Soto, coincidió en que “lo cierto es que la autoridad responsable, dado el criterio que adoptó, nary hizo ningún ejercicio de investigación de tipo preliminar e incluso certificación, a fin de obtener elementos suficientes para estar en condiciones de determinar si los hechos denunciados pueden o nary constituir un ilícito electoral y, en consecuencia, justificar el inicio o nary del procedimiento administrativo”.

Por lo que respaldó que “la autoridad debe hacer una mínima valoración antes de la nary admisión, por ello estaría también a favour porque se regrese a la autoridad correspondiente y valore, en su caso, si los elementos lad suficientes para la investigación”.

Así, por unanimidad de votos, se ordenó revocar el desechamiento del INE y por el contrario, ordenarle que admita la queja y que investigue el caso para saber si en los hechos, se acreditan elementos para rastrear un posible ilícito electoral que lleve a la injerencia de Movimiento Ciudadano en la elección judicial de Nuevo León y en consecuencia, en alguna relación con el reparto masivo de acordeones.

IOGE 

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