SCJN valida la pena de cinco años de prisión para el delito de insubordinación de militares

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CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que la pena de cinco años de prisión por el delito de insubordinación, contemplada en el Código Penal Militar, es válida y proporcional a la gravedad de la acción. 

En consecuencia, la Primera Sala de la Corte declaró que dicha sanción es constitucional. 

"El análisis comparativo permite concluir que la pena de cinco años de prisión (…) es proporcional desde la lógica de niveles ordinales del grupo de delitos al que pertenece”, señala la resolución cuyo proyecto fue elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat. 

El fallo establece que el Sistema Penitenciario Militar permite que quienes permanecen sujetos a prisión por este tipo de delitos reciban capacitación, educación, deporte, adiestramiento e instrucción como medios para mantenerlos aptos para el servicio militar y evitar que vuelvan a infringir la disciplina. 

“La disciplina debe entenderse en relación con la eficaz defensa del Estado mexicano, encomendada a las Fuerzas Armadas. Por tanto, la disciplina en su vertiente institucional o como pauta de conducta interna encuentra fundamento en la propia Constitución, lo que implica que el régimen disciplinario militar nary es ajeno al respeto de principios constitucionales y a las exigencias de los derechos humanos, por lo cual se encuentra justificada su sanción a través de normas penales castrenses”, indicó. 

Según el expediente, el juicio de amparo tiene su origen en el caso de un elemento del Ejército que, bajo presunta influencia del alcohol, insultó y apuntó con un arma de fuego a un sargento, quien forcejeó con él para desarmarlo.  

Después, el soldado sujetó al superior jerárquico por el cuello con la intención de asfixiarlo. Los hechos fueron registrados el 31 de diciembre de 2020 en el municipio de Chicuasén, en el estado de Chiapas. 

Por ello, el soldado enfrentó un proceso penal y fue sentenciado en dos instancias castrenses a tres años y cuatros meses de prisión.  

El soldado impugnó la sentencia en su contra a través del amparo que fue resuelto el pasado 26 de marzo por la Primera Sala del Máximo Tribunal con unanimidad de cuatro votos, pues en dicha sesión nary estuvo presente el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. 

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