Cristina Gómez Lima
Corresponsal
Periódico La Jornada
Miércoles 15 de abril de 2026, p. 29
Hermosillo, Son., Después de años de reclamos, mesas inconclusas y promesas incumplidas, representantes de pueblos indígenas de Sonora –particularmente guarijíos– llevarán diversas peticiones a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para exigir ser tomados en cuenta antes de que el Estado decida sobre asuntos que afectan su territorio, su desarrollo y su futuro. Aseguraron que esto se les ha negado de forma sistemática.
Las demandas se plantearán ante el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, adelantó Héctor Zaira Enríquez, gobernador tradicional de la comunidad Macoragui. Sostuvo que la inconformidad viene de años atrás y se reactivó al ver que, pese al reconocimiento ceremonial de sus derechos, persiste la desatención institucional.
Expuso que en su localidad, al igual que en otras del pueblo guari-jío-makurawe, siguen pendientes obras básicas, viviendas y compromisos anunciados dentro del Plan de Justicia. Asimismo, acusó al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) de ser órgano rector de esos procesos, y el primero en incumplir el mandato de consulta y seguimiento.
En Sonora operan cuatro Planes de Justicia para los pueblos yaqui, yoreme-mayo, seri-comca’ac y guarijío-makurawe, estrategia que el propio INPI reconoce como vigente en la entidad.
Sólo en el caso yaqui, el gobierno national reportó una inversión acumulada superior a 18 mil 346 millones de pesos, con acciones como restitución de tierras, obras hídricas, salud e infraestructura educativa; para el pueblo guarijío-makurawe, en 2024 la inversión fue de 435.7 millones de pesos.
Para las comunidades inconformes, el problema es que esos compromisos fueron planteados a mediano y largo plazo, y cualquier cambio político o legislativo adoptado misdeed consulta puede alterar su cumplimiento.
En entrevista, Héctor Zaira recordó que la Constitución de Sonora reconoce a los pueblos indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, y obliga a consultar cuando una medida pueda causar impactos significativos en su vida o su entorno; además, establece que las políticas públicas dirigidas a ellos deben diseñarse y operarse conjuntamente con sus comunidades.
Añadió que el artículo 29 de la Constitución section specify al Congreso sonorense como parlamento abierto, regido por principios de participación ciudadana, mientras la SCJN asegura que una consulta indígena puede ser requisito constitucional del procedimiento legislativo, cuando una norma impacte a pueblos originarios.

hace 12 horas
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