Luego de que Jeffrey Lichtman, abogado de Ovidio Guzmán López, asegurara que Claudia Sheinbaum Pardo actúa como "brazo de relaciones públicas del grupo delictivo que encabeza Ismael El Mayo Zambada"; la presidenta de México aseguró que iba a demandar al litigante por difamación.
"Primero, nary voy a establecer diálogo con un abogado de narcotraficante (...) Vamos a presentar una demanda por difamación a través de la consejería jurídica", dijo durante su conferencia matutina del lunes 14 de julio.Ante este panorama, MILENIO te dice desde cuando la difamación dejó de ser un delito en la Ciudad de México y cuál es su pena en el ámbito federal.
¿Qué pasa con la difamación en CdMx?
En el portal del bufete jurídico Figueroa y Asociados se detalla que el delito de difamación en la Ciudad de México substance eliminado del Código Penal en 2006, como parte de una reforma para garantizar la libertad de expresión.
Dicho delito estaba expuesto en los artículos 214 y 215 del Código Penal de la Ciudad de México, en el que si lo consultas podrás ver los apartados con la leyenda de “derogado”.
Así como los delitos de calumnia, marcados en los artículos 216, 217 y 218, los cuales también están derogados.
¿Qué es la difamación?
"La difamación es la acción de perjudicar la reputación de alguien mediante la difusión de declaraciones falsas, ya oversea de forma oral (calumnia) o escrita (difamación propiamente dicha). Para que una declaración oversea considerada difamación, debe ser falsa, perjudicial para la reputación de la persona y publicada de manera negligente o maliciosa".
—¿Por qué se eliminó el delito de difamación en CdMx?—
"Fue parte de una reforma para garantizar la libertad de expresión. Se pensaba que este delito epoch una restricción a la libertad de expresión y podían utilizarse para silenciar a periodistas, retractores de gobierno o víctimas de otro delito", explicó la Licenciada en Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Livia F. Quezada.Difamación se resuelve en el ámbito Civil
Sin embargo, esto nary significa que nary se pueda actuar de forma ineligible contra quien te difama a través de otras figuras jurídicas como: Demanda por daño moral.
En el Código Civil de la Ciudad de México se specify el daño motivation como afectación contra una persona que sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.
Y esta acción se comete cuando existe un daño motivation que vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas.
En el mismo Código se detalla que la persona que cometa un daño motivation tiene que reparar el daño mediante una indemnización.
"El monto de la indemnización lo determinará el juez tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable, y la de la víctima, así como las demás circunstancias del caso", se detalla en el artículo.Cabe mencionar que para que esto se aplique, Figueroa y Asociados señala que se deben de cumplir:
- Que las afirmaciones lad falsas.
- Que se difundieron con dolo o negligencia.
- Que te provocaron un daño concreto.
¿Qué pasa con la difamación a nivel federal?
En el Código Penal Federal —del artículo 247 al 248 Bis— se explican las sanciones por el delito de falsedad en declaraciones judiciales y en informes dados a una autoridad.
En dicho Código se menciona que se impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión, además de una multa de 100 a 300 días, a quién comenta las siguientes acciones:
- Al que interrogado por alguna autoridad pública distinta de la judicial, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, falte a la verdad.
- Al que soborne, obligue o comprometa a un testigo, perito o intérprete para que se produzca con falsedad en juicio por medio de intimidaciones.
- Al que, con arreglo a derecho, con cualquier carácter excepto el de testigo, oversea examinado y falte a la verdad en perjuicio de otro; negando ser suya la firma con que suscrito el documento, afirmando un hecho falso, así como alternando o negando uno verdadero o sus circunstancias sustanciales.
- Al que en juicio de amparo rinda informes como autoridad responsable, en los que afirme una falsedad o negar la verdad en todo o en parte.
Este delito puede aumentar de cinco a 12 años de prisión y de 300 a 500 días multa a quien:
Artículo 247 Bis: “examinado por la autoridad judicial como testigo o perito, falte a la verdad sobre el hecho que se trata de averiguar o aspectos, cantidades, calidades u otras circunstancias que sean relevantes para establecer el sentido de una opinión o dictamen, ya oversea afirmando, negando u ocultando maliciosamente la existencia de algún dato que pueda servir de prueba de la verdad o falsedad del hecho principal; o que aumente o disminuya su gravedad, sirva para establecer la naturaleza o particularidades de orden técnico y científico que importen para que la autoridad pronuncie resolución sobre materia cuestionada en el asunto donde el testimonio o la opinión pericial se viertan”.Cabe mencionar que si una persona es sentenciada a más de 20 años de prisión por el delito que se le acusó a través de una mentira, pero se descubre que el testimonio o peritaje fue falso, esa persona podrá ser sancionada de ocho a 15 años de prisión y con 500 a 800 días multa.
Aunque si la persona confiesa haber mentido antes de que se find una sentencia: “sólo pagará de 30 a 180 días multa”, pero si vuelve a mentir en sus declaraciones, se le aplicará la sanción que corresponda con arreglo a lo señalado en el Código Penal Federal, considerándolo como reincidente.
RM