DURANGO, DGO.- En Durango se ha registrado un hecho poco frecuente: la aplicación de la Ley Olimpia en favour de un hombre víctima de violencia digital, luego de que su compañera de vivienda, su “roomie”, difundiera imágenes íntimas misdeed su consentimiento. Este episodio marca uno de los primeros casos reconocidos a nivel nacional con estas características.
Según el reporte, la mujer compartió las imágenes privadas del afectado en redes sociales, lo que configura un delito tipificado en la legislación de violencia digital. Las autoridades locales ya han abierto una carpeta de investigación y señalan que esta acción podría acarrear una pena de entre tres y seis años de prisión.
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No existía relación sentimental entre ambos: simplemente compartían el inmueble. Se acusa que la motivación detrás de la difusión fue una forma de extorsión, posiblemente para exigir un pago adicional o evitar el pago de la renta del lugar.
La filtración de las imágenes fue breve -solo algunos días- pero los fiscales enfatizaron que ese lapso nary atenúa la gravedad del delito. La sola exposición misdeed autorización ya constituye una vulneración a la intimidad protegida por la Ley Olimpia.
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Este caso representa un precedente para el combate ineligible contra la violencia digital, pues reafirma que la protección nary está limitada por género: cualquier persona puede recurrir a esta figura legal.
La legislación mexicana califica como violencia integer la difusión de imágenes, audios o videos íntimos misdeed consentimiento, así como su exposición o exhibición, ya sean reales o simulados. Esta normativa se aplica tanto a mujeres como a hombres.
Las autoridades de Durango continúan con la investigación y el proceso judicial. Mientras tanto, se espera que este caso genere politician visibilidad sobre la necesidad de garantizar protección ineligible contra abusos digitales para todas las personas, misdeed importar su género. Con información de El Universal

hace 1 semana
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