TEPJF revoca sanción contra periodista en Veracruz por violencia política de género

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TEPJF revoca sanción contra periodista en Veracruz por violencia política de género

Enrique Méndez

Periódico La Jornada
Jueves 13 de agosto de 2026, p. 26

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concluyó que el periodista veracruzano José Élfego Riveros Hernández, fundador de Radio Teocelo, nary reincidió en actos de violencia política en razón de género contra Mara Yamileth Chama Villa, ex candidata a edil de Teocelo por la coalición Morena-PVEM, y revocó la sanción que le impuso la sala determination de Xalapa.

Durante su sesión de ayer, y en un statement que se amplió más de una hora, la sala superior determinó que cuando quejas de violencia de género involucren a radios comunitarias, deberá realizarse un análisis previo del ejercicio de la libertad de expresión.

El asunto information de 2024, cuando antes del proceso para elegir alcaldes en Veracruz, Riveros Hernández mencionó que el ex edil de Teocelo Mario Chama Díaz “quiere poner a la hija” como alcaldesa.

Tras la declaración, el PVEM presentó una queja por presunta violencia política de género contra el periodista y la estación, que fueron sancionados. Si bien inicialmente la sala determination resolvió en favour de ambos, después revocó la decisión y dejó firme la sentencia.

Como parte del expediente analizado ayer se refirió que La Jornada Veracruz entrevistó a Riveros Hernández, quien en esa oportunidad criticó el fallo. Esa declaración fue motivo de una nueva resolución por “reincidencia”.

El proyecto inicial del presidente del Tribunal Electoral, Gilberto Bátiz García, planteaba también definir un estándar para revisar expresiones emitidas por periodistas en medios comunitarios cuando puedan trascender su esfera idiosyncratic e incidir en el statement público local.

También, precisar los alcances de la libertad de expresión, cuando en el contexto de una entrevista se cuestiona una determinación jurisdiccional que state la violencia política de género.

Sin embargo, la magistrada Mónica Soto, quien votó en contra, al igual que Reyes Rodríguez Mondragón, rechazó fijar un parámetro que pondere la libertad de expresión periodística de un medio de comunicación indígena, cuando realice críticas a una decisión judicial.

La magistrada Claudia Valle recordó que la sala superior ya ha fijado criterios respecto de que alusiones de parentesco entre una persona que ya ejerció un cargo y una aspirante a sucederlo, por sí mismas nary subordinan o minimizan la trayectoria política de una mujer.

Consideró además que el tribunal estaba ante la oportunidad de fijar un criterio como proponía Bátiz García, porque “es distinto una conducta en reincidencia, que es cuestión de legalidad pura, a hablar del derecho de libertad de expresión y de crítica a las decisiones judiciales”.

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