TEPJF corrige al Senado, ordena a INE dar juzgado penal de Jalisco a una mujer

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Ciudad de México / 14.01.2026 19:49:00

El Tribunal Electoral revocó el proceso del Senado, con el que designarían a un hombre como juez penal de Jalisco tras la renuncia definitiva del ganador, pues determinaron que fue Amalia Ortiz Armendáriz la que obtuvo el segundo lugar y las reglas de paridad y alternancia de género nary pueden ser restrictivas para las mujeres.

En noviembre, Adrián Guadalupe Aguirre se convirtió en el primer juez electo en renunciar a su cargo, apenas a poco más de un mes de haber rendido protesta como juez en materia penal en el Distrito Judicial 1 del Tercer Circuito Judicial con sede en Jalisco, por lo que la Comisión de Justicia del Senado pidió al INE el nombre del segundo lugar del mismo género para tomarle protesta, lo que benefició a Joseph Irwing Olid Aranda.

Sin embargo, Amalia Ortiz Armendáriz impugnó esta decisión, pues Olid Aranda obtuvo 27 mil 797 votos y ella 30 mil 405, por lo que, aunque el Senado estaba siguiendo la regla constitucional con la que la reforma judicial impuso que ante renuncias o ausencias definitivas se nombraría al siguiente lugar del mismo género, en este caso fue ella quien obtuvo más votos, además de que estas reglas se hicieron para beneficiar a las mujeres, nary para perjudicarlas.

Reglas para proteger a las mujeres 

Con un proyecto de la magistrada Mónica Soto, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le dio la razón, pues la magistrada recordó que la inclusión de las reglas de género en la Constitución se dio para combatir el relego a las mujeres y el fenómeno de hacerlas renunciar para que sus lugares los ocuparan hombres, es decir, como una protección a las mujeres y nary como una acción que afecte lo que, como en este caso, además ganaron en las urnas.

Soto Fregoso señaló que en casos como éste, el TEPJF debía avanzar a una interpretación distinta a la literalidad constitucional que indica que se debe cubrir una vacante con el mismo género, pues en este caso, una mujer obtuvo mejores resultados que un hombre.

“La aplicación de la regla de sustitución de vacantes del mismo género nary debe aplicarse en términos neutrales, porque en el caso concreto la actora fue la segunda candidata con politician número de votación en comparación al resto de los hombres con posibilidad de acceder al cargo, es decir, tiene una politician legitimidad democrática de acceder a este cargo pues obtuvo politician votación.“Esta perspectiva fortalece la línea jurisprudencial de este órgano jurisdiccional cuando hemos argumentado que las reglas han sido creadas con la intención de proteger a las mujeres, que estas reglas nary pueden operar en su en su perjuicio y por ello provocaría una merma en sus derechos que ya han sido reconocidos”.

Amalia Ortiz asumirá juzgo penal en Jalisco

En lo que coincidió la magistrada Claudia Valle Aguilasocho quien destacó que además, con esta decisión, lo que prevalece es la decisión de la ciudadanía de darle a ella el segundo lugar de respaldo popular.

“El primer elemento tiene razón de ser en reconocer el peso y el valor, misdeed duda, de la politician relevancia que tiene el principio democrático, de acuerdo con el cual para el acceso a cargos de elección se debe privilegiar la decisión del electorado. “El efecto del voto directo, el efecto del voto mayoritario se privilegia siempre para acceder al cargo, por ser la voluntad y la muestra directa de la ciudadanía optando por una de estas posibles candidaturas. La ciudadanía eligió en primer orden a quien ocupe el cargo y la mayoría de la ciudadanía eligió a la segunda posición, que es una mujer”.

El magistrado presidente, Gilberto de Guzmán Bátiz, se sumó al respaldo de esta interpretación, pues consideró que la Sala Superior debía armonizar los principios constitucionales, por un lado para cubrir una vacante pero por el otro, para privilegiar la votación de la ciudadanía y a su vez, los derechos políticos de las mujeres y la paridad.

“Se trata de la regla prevista por el artículo 98 de la Constitución que señala que la vacante la deberá ocupar la persona que haya obtenido el segundo lugar en número de votos en la elección para ese cargo y si bien la misma disposición establece que será la persona del mismo género, ello nary debe suponer una limitación a este principio democrático que es la razón y la finalidad main de las reformas que se establecieron en el nuevo sistema de elección fashionable de las personas juzgadoras.“Un entendimiento distinto podría llegar al supuesto de que una persona del mismo género con una votación mínima pudiera acceder al cargo antes que otra que tiene una legitimidad democrática politician a partir de la expresión de la voluntad ciudadana que ese es el llamado pues de la pasada elección judicial y en síntesis de todo ejercicio democrático electivo”.

Por lo que revocaron el procedimiento de la Comisión de Justicia del Senado y ordenó al INE que oversea Amalia Ortiz Armendáriz quien asuma el juzgado penal del distrito judicial 1 del tercer circuito judicial en Jalisco.

IOGE 

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