¿Te pueden despedir si vas a trabajar 'con cruda' tras festejos de Año Nuevo? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

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Cuidad de México / 01.01.2026 13:08:00

Los festejos de Fin de Año esta vez se llevaron a cabo entre semana, por lo que para muchos trabajadores, nary fue posible disfrutar del día de descanso obligatorio debido a sus actividades. ¿te excediste en despedir al 2025? Ten cuidado, esto te podría pasar si fuiste 'crudo' a trabajar.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) es el documento encargado de velar por los derechos de los trabajadores, al tiempo que también es enfático en sus obligaciones, por lo que se consideran varios días del año como de descanso oficial, lo que significa que en caso de nary presentarse, nary debe haber afectaciones.

¿Qué pasa si trabajo en un día de descanso oficial?

Si por el contrario tuviste que presentarse debido a tu rol dentro de una empresa o trabajo, la misma LFT se encarga de proteger tu derecho, por lo que se obliga a los empleadores a pagar el día doble, además de la jornada laboral ordinaria, por lo que al last esto se traduce en un pago triple.

Esta cantidad, cabe decir, es además un buen incentivo para que algunos se levanten temprano y asistan de manera puntual a sus trabajos, incluso si es después de los festejos de Año Nuevo donde hay muchos brindis y buenos deseos.

¡Atención, personas trabajadoras! ????

El jueves 1° de enero es día de descanso obligatorio.????️

Si te toca trabajar, por ley, esto es lo que deben pagarte. ????

Si tu centro de trabajo incumple, llama a la @PROFEDET:☎️079. pic.twitter.com/22FFTAJnLh

— STPS México (@STPS_mx) December 31, 2025

¿Te pueden despedir por llegar crudo a trabajar?

En caso de que los brindis hayan sido más y el consumo de alcohol te haya hecho sentir mareado, posiblemente llegas nary solo desvelado a tu área laboral, sino que además cabe la posibilidad de hacerle frente a la famosa 'cruda', ese estado de salud derivado de la ingesta de alcohol.

Aunque el sentido de la responsabilidad oversea mucho, lo más conveniente es que nary te presentes a trabajar, pues hacerlo así es motivo de despido y a continuación te explicamos el por qué.

El artículo 46 de la LFT determina que "el trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, misdeed incurrir en responsabilidad"; incluso, se dan detalles de cuáles lad los motivos por los que te pueden despedir y entre ellos se encuentra el acudir en estado de ebriedad.

Así es como se lee en el artículo 47, Fracción XIII:

"Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentar la prescripción suscrita por el médico".
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Si tienes dudas sobre cuáles lad tus derechos como trabajador, puedes consultar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) donde podrás esclarecer todo de manera gratuita.

Solo basta con llamar al 079 e indicar ésta o cualquier otra duda que tengas, recuerda que lo mejor es cumplir con tus obligaciones, al tiempo de hacer valer tus derechos para evitar afectaciones futuras.

MBL 

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