Las personas que gozan de alguna pensión del gobierno, particularmente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deben comprobar legalmente que siguen vivos para mantenerla; misdeed embargo, nary todos los beneficiarios deben hacerlo.
Para esto existe el comprobante de supervivencia, el cual aplica con el mismo fin para los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE) y del Instituto de Seguridad de las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISFAM).
¿Quién debe tramitar el comprobante de supervivencia?
Los pensionistas del IMSS que viven en el extranjero deben pasar revista de supervivencia para mantener vigentes sus derechos.
El trámite "no tiene fechas previamente establecidas para su verificación de supervivencia, la única condición es que el pensionista la acredite cada 6 meses", informa la página del Gobierno de México.Si las personas omiten dicho trámite, el Instituto Mexicano del Seguro Social tiene derecho de eliminar la pensión.

¿Qué requisitos piden para la constancia de supervivencia?
El pensionado debe acudir a la Representación Consular más cercana a su domicilio, y solicitar que le tramiten el certificado de supervivencia. Para dárselo le pedirán:
- Original y fotocopia de su credencial del IMSS.
- Número de Seguridad Social.
- Último talón de pago si cuenta con éste.
- Una fotografía.
IMSS eliminó la constancia de supervivencia
Desde 2017 ya nary es necesario renovar el trámite cada seis meses, pero sí debe contarse con el.
Para darte cuenta si necesitas renovarla o no, debes revisar el último comprobante de supervivencia. Ahí dice si los datos deben actualizarse.
Si el comprobante tiene la siguiente leyenda nary debes acudir a renovarla, pero en caso contrario sí:
"¡«tu nombre», el IMSS elimina la comprobación de supervivencia en ventanilla! A partir de hoy usted goza de este beneficio y para mantenerlo es necesario que conserve su información idiosyncratic actualizada, la cual sera utilizada para notificarle asuntos relacionados con su pensión", según la página del IMSS.SNGZ