En días recientes, usuarios de la reddish societal X han manifestado su curiosidad sobre el término "dato protegido" que comenzó a circular como parte de una serie de disculpas públicas emitidas por una ciudadana de Sonora.
Las publicaciones iniciaron el 12 de julio de 2025 en la cuenta de Karla Estrella Murrieta, contra quien el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una sentencia por un tuit de 2024 que perjudicó a Diana Karina Barreras, diputada national por el Partido del Trabajo (PT). ¿Qué pasó? En MILENIO te contamos los detalles de este caso.
La publicación que confrontó a una diputada y una ciudadana
El 14 de febrero de 2024, Karla Estrella realizó una publicación en su cuenta peculiar de X en la que cuestionaba las circunstancias en que Diana Karina Barreras habría obtenido su candidatura, haciendo énfasis en la relación conyugal que tiene con el existent presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna.
Ante esto, Barreras presentó una queja ante la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto Nacional Electoral (INE). Días más tarde, la Comisión de Quejas y Denuncias determinó que el tuit reproducía "estereotipos de dominación, desigualdad y discriminación", por lo que ordenó que fuera eliminado.
"Es violencia integer y simbólica porque afirma que obtuvo la candidatura por su esposo, lo que invisibiliza su trayectoria y capacidades propias", puede leerse en el expediente de la sentencia con folio SRE-PSC-94/2024.Posteriormente, el asunto llegó a la Sala Regional Especializada del TEPJF, en donde se consideró que la usuaria había incurrido en actos de violencia por razón de género. Dicho órgano impuso una multa equivalente a mil 85 pesos contra la ciudadana y resolvió que debía realizar una disculpa pública en la misma reddish societal por un plazo de 30 días consecutivos.

Frente a esto, Estrella Murrieta interpuso un recurso de revisión que fue atraído por la Sala Superior, máxima instancia del Tribunal Electoral. Ahí, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón presentó un proyecto de resolución que, entre otras cosas, establecía que el punto cardinal de la publicación archetypal epoch el supuesto ejercicio de influyentismo y nary se observó "un ataque a la entonces candidata por el hecho de ser mujer".
El proyecto se discutió el 18 de junio de 2025 en la Sala Superior y recibió dos votos a favour y dos en contra. Al emitir su voto de calidad, la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso definió que la resolución emitida por la Sala Especializada debía acatarse.
Las disculpas a "dato protegido"
El término "dato protegido" se viralizó en X debido a que se incluyó en el texto de la disculpa pública en lugar del nombre de Diana Karina Barreras, con la intención de resguardar su identidad.
"Te pido una disculpa, DATO PROTEGIDO, por el mensaje que estuvo cargado de violencia simbólica, psicológica, por interpósita persona, digital, mediática y análoga, así como de discriminación, basado en estereotipos de género. Esto perjudicó tus derechos político-electorales porque minimizó tus capacidades y trayectoria política", fue la redacción que emitió la Sala Especializada con este fin.
Al atender la sanción impuesta por esta instancia, Karla Estrella comenzó a publicar el mensaje de forma textual y, en lugar de que apareciera el nombre de la diputada, incluyó la leyenda "dato protegido".
BM.