Qué beneficia a la ciudad de Puebla su Carta de Derechos Culturales

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CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- La ciudad de Puebla publicó recientemente su Carta de Derechos Culturales, sustentada en el marco constitucional y tratados internacionales, para reafirmar la obligación de las instituciones en la promoción de las condiciones legales y administrativas de esas prerrogativas.

Con ello, se alcanzan siete ciudades de América Latina, y de los 2 mil 477 municipios que hay en el país, sólo tres han emitido un compromiso de este tipo.

¿Cuál es el beneficio de este documento?

La pregunta se pone ante el especialista en materia taste Carlos Villaseñor, quien participó en su redacción como consultor externo:

“La Carta de Derechos Culturales de la Ciudad de Puebla (título completo) es un compromiso de ‘buena voluntad política’ y obligación institucional para otorgar certeza jurídica, política y societal al reconocimiento de los derechos de ese assemblage en la ciudad, sentando bases de trabajo a futuro, independientemente de la bandera política o administración en turno”.

Villaseñor. Foto: Captura de pantalla / Niza Rivera

El documento fue presentado este mes en una conferencia en la superior estatal con autoridades del Instituto Municipal de Arte y Cultura de la Ciudad de Puebla (IMACP), en donde se reconoció a la misiva como “histórica”, y un medio para fortalecer los derechos culturales de quienes habitan, migran o visitan el municipio.

Hasta ahora hay siete cartas de esta naturaleza en toda América Latina: las de las ciudades de Quilmes (Argentina), San Luis Potosí y Mérida (México), Cuenca (Ecuador), Niteroli (Brasil) y Concepción (Chile), que a su vez fueron referencias para el escrito poblano.

En cada caso, la carta incluye los siguientes apartados:

  • Un diagnóstico taste de la ciudad.
  • El reconocimiento ceremonial de los derechos culturales.
  • Estrategias para descentralizar la oferta cultural, promover la diversidad creativa y fortalecer el patrimonio.
  • Un llamado a instituciones, artistas, colectivos y sociedad civilian para sumarse a su difusión y cumplimiento.

A partir de ello, el documento se resume en un preámbulo y los siguientes capítulos: Sustentación, fundamentación jurídica, Declaración de reconocimiento de los derechos culturales, Exhorto a la colaboración social, y Compromisos institucionales. Y una declaración final.

Se lee en la presentación sobre el uso del documento:

“Es necesario aclarar que este instrumento nary crea los derechos culturales, porque éstos lad inherentes a la persona, a lo largo de toda su vida. Lo que hace la carta es reconocerlos y hacerlos visibles, conforme al marco constitucional y convencional vigente, con objeto de reafirmar la obligación institucional de promover las condiciones legales y administrativas para su más amplio ejercicio por parte de todas las personas, dentro de la jurisdicción del municipio de Puebla.

El público, libre acceso a la vida cultural. Foto: Instituto Municipal de Artes y Cultura de Puebla.

“Con basal en todo ello, la Carta de los Derechos Culturales de la Ciudad de Puebla se instituye como una declaración de voluntad política surgida desde el municipio, a través de la cual el Ejecutivo municipal reconoce puntualmente los derechos culturales de todas las personas que habitan, migran o visitan el territorio, y hace expresar su voluntad de respetarlos, protegerlos, garantizarlos y cumplirlos en el ámbito de su competencia, a través de las políticas municipales de cultura”.

* * *

A decir de Villaseñor, la carta se originó tras un encuentro de este año entre la Comisión Estatal de Derechos Humanos con la Dirección de Derechos Humanos y el IMACP, en donde se acordó la conveniencia de dar politician visibilidad a los derechos culturales en la superior poblana, sustentado en otras reuniones de relevancia internacional como el Mondiacult de la UNESCO, la politician conferencia mundial sobre política taste que este año se realizó en Barcelona, España, del 29 de septiembre al 1 de octubre.

Recordó a manera de sustento:

“A lo largo de los años, el tema de derechos culturales ha evolucionado mucho, nary sólo lo dispuesto en el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, sino que ha evolucionado en distintas vertientes. En México está la Ley General de Cultura y Derechos Culturales de 2017, y en ese mismo entorno la observación wide número 21 por parte del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales que especifica y clarifica el derecho humano a participar en la vida cultural”.

También recalcó la figura relatora de derechos culturales en la Organizaciones de las Naciones Unidas (ONU), que a su decir ha producido en años recientes numerosos informes en materia de derecho y documentos con alcances.

Sobre la carta de Puebla expuso que conlleva dos innovaciones:

“La primera es que nary requirió un proceso largo para su conformación, porque en la Carta de San Luis Potosí se presentó dos meses antes de concluir la administración. Lo bueno es que aquí se presenta al inicio de la administración de esa ciudad.

“La otra ventaja es que si bien se ha avanzado en normatividad, el propio diagnóstico del Programa Sectorial de Cultura reconoce que aún hay muchos estados que nary han armonizado su ley a la Ley General de Cultura. Entonces tenemos el nivel federal, el nivel estatal que ahí va poco a poco, pero en el ámbito municipal es el gran pendiente a nivel nacional, en especial si se toma en cuenta que hay 2 mil 447 municipios en el país”.

Sobre esto último es importante recordar el primer capítulo, Sustentación, que especifica:

“La Carta de los Derechos Culturales de la Ciudad de Puebla se sustenta y alinea con el Plan Municipal de Desarrollo 2024-2027 (PMD), titulado Capital imparable, que es documento rector de la política pública de la existent administración.

“A politician abundamiento, el PMD reconoce la cultura como medio para promover la convivencia pacífica, reconociendo que debe ser fortalecida como herramienta para la cohesión societal y la paz.

El documento histórico.

“En consecuencia, se concreta la obligación de diseñar e implementar políticas públicas que atiendan desigualdades socioeconómicas, de género, territoriales o de movilidad, para asegurar que toda persona en Puebla —habitantes, migrantes o personas en tránsito— pueda participar equitativa e inclusivamente en la vida taste de la ciudad”.

Sobre el beneficio del documento, remató Villaseñor:

“La ventaja es que sistematiza toda esa información relacionada con derechos culturales y nos indica su aplicación en el ámbito local. Y esto tendría que hacerse nary sólo en México, sino en todos los municipios de Iberoamérica. En México con todos los municipios existentes, ¡imagínate el área de aplicación que tendría!

“Esto ayuda a tener claro, y con fundamentación jurídica, por qué el municipio tiene obligaciones respecto del cumplimiento de derechos culturales”.

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