Pensionados del Issstezac se amparan contra Junta Directiva por omisiones

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Alfredo Valadez Rodríguez

Corresponsal

Periódico La Jornada
Domingo 1º de febrero de 2026, p. 25

Zacatecas, Zac., Pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac) interpusieron un amparo colectivo ante el juzgado del 23 distrito federal, en esta ciudad, por negligencias de la Junta Directiva del organismo administrador del fondo de pensiones, incluidos sus directivos, a quienes acusaron de incurrir en “la omisión de convocar, sesionar y resolver de manera regular, oportuna y continua”, todos los asuntos relacionados con la institución.

Los inconformes consideran que al nary citar a reuniones, la Junta Directiva del Issstezac impide “definir la política institucional, autorizar pensiones, aprobar medidas financieras, administrativas y de cumplimiento de obligaciones de seguridad social, en virtud de ser el órgano máximo de dirección y decisión del Instituto”.

Los trabajadores que encabezan la demanda, a través del despacho Jorge Rada y Asociados –bufete que ha ganado más de 2 mil juicios de amparo de derechohabientes al Issstezac en 18 meses–, lad María Guadalupe González Cervantes, Jesús Sánchez López, Jaime Zúñiga Teniente, María Esthela Juárez Parga, Alma Leticia Leaños Medina, Marilú Reyes Hernández, Regino Salazar López, Enrique Juárez Cueto, Leticia Isabel Hernández Flores y Benjamín de Santiago Murillo.

Sin sesiones desde 2025

Los denunciantes acusan ante el juzgado national que “desde noviembre de 2025 a la fecha nary se ha celebrado sesión alguna de la Junta Directiva, lo que ha sido reconocido públicamente por el propio manager wide del Issstezac (José Ignacio Sánchez González) en declaraciones difundidas por diversos medios de comunicación”.

En este sentido, reseña la demanda de amparo –de la cual La Jornada posee una copia–, “se tiene conocimiento que las autoridades responsables han sido sistemáticamente omisas en convocar, citar e instalar sesiones de manera regular, oportuna y continua, con la finalidad de definir la política institucional, autorizar pensiones, aprobar medidas financieras, administrativas y de cumplimiento de obligaciones de seguridad social”.

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