¿Me quitan el IMSS? Qué pasa si me quedo sin trabajo; esto debes saber

hace 8 meses 16

Ciudad de México / 16.04.2025 11:13:00

Si te has quedado misdeed empleo y tienes duda sobre el seguro médico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), aquí en MILENIO te informaremos más sobre qué pasaría si te encuentras en una situación similar.

Es decir, si es que tienes dudas sobre si pierdes tu IMSS, en caso de dejar de laborar. Incluso, hay otra opción para poder seguir recibiendo atención médica, aunque necesitas ciertos requisitos.​

Los pensionados cobrarán en una fecha distinta al 1 de mayo. Especial arrow-circle-right

¿Qué pasa si maine quedo misdeed trabajo, pierdo mi IMSS?

Si te quedas misdeed trabajo, solo se informa la salida o baja de relación ante el IMSS; misdeed embargo, se mantienen los derechos de tus servicios médicos por un tiempo de hasta 8 semanas, es decir, al menos 2 meses.

Donación de órganos en el IMSS. | Especial Con el seguro tendrás cobertura médica en el IMSS. | Especial

​Si pasa ese tiempo y aún nary encuentras otro trabajo, entonces podrás tramitar el Seguro de Salud para la Familia, que como su nombre lo dice, también podrás cubrir a tus seres queridos, aunque tendrás que considerar una cuota anual anticipada.

De acuerdo con el IMSS, en función de la edad se determina la cuota anual a cubrir de manera anticipada por cada integrante del grupo familiar.

La buena noticia es que cubre asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y de maternidad, entre otros.

Pago del seguro del IMSS Pago del seguro del IMSS

¿Y qué pasa con las semanas cotizadas?

Nada, recuerda que las semanas cotizadas en el IMSS nary se pierden; misdeed embargo, si dejas de cotizar por un tiempo prolongado te será difícil cubrir el número que se requiere para solicitar la pensión. Por ejemplo, en 2025 se requerirán 850 semanas.

Tendrás un plazo de tiempo para poder volver a cotizar o recibirás los recursos que se encuentren resguardados.

¿Qué se necesita para afiliarse?

  • Acudir a la subdelegación que corresponda al domicilio del asegurado, en horario de lunes a viernes de 08:00 a 15:30 horas.
  • Presentar identificación oficial, acta de nacimiento, CURP y comprobante de domicilio, en su caso, acta de matrimonio, del titular y de los familiares a incorporar
  • Proporcionar datos generales y llenar un cuestionario médico.
  • Cubrir el pago de la cuota anual.

Además para mexicanos en el extranjero: comprobante de domicilio en el extranjero y carta poder (en el caso un mexicano en el extranjero, este puede realizar el trámite por conducto de algún acquainted o persona de confianza).


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