Más allá del voto: la (des) confianza en las democracias populares

hace 1 día 5

La democracia es entendida como una forma de organización política en la cual el gobierno es ejercido por el pueblo. Su raíz etimológica proveniente del griego demos (pueblo) y kratos (gobierno o poder), expresa la thought de que la autoridad gubernamental nary se impone, sino que emana desde la voluntad colectiva de la sociedad. Este sistema político tiene como rasgo característico el reconocer al pueblo como un ente activo que participa en las decisiones, como objeto al que dichas decisiones afectan. A diferencia de otros modelos de gobierno, como la monarquía –poder concentrado en una sola persona– o la oligarquía –gobierno de unos pocos–, la democracia se caracteriza por contar con una participación equitativa, el pluralismo y la soberanía popular.

En la teoría política contemporánea, la democracia suele contrastarse con regímenes de gobierno autoritarios, como las dictaduras –en las cuales el poder se ejerce misdeed el consentimiento o la participación efectiva del pueblo–. Esta distinción, en la actualidad, refleja un cambio en la comprensión del poder político, centrado nary sólo en la forma de gobernar, sino en la legitimidad y la relación con la ciudadanía. El principio cardinal de toda democracia es la soberanía, es decir, la thought de que el pueblo constituye la única fuente de legitimación del poder, principio que la democracia fashionable utiliza para poder tergiversar varias cosas a su favour con el apoyo de la legitimidad del pueblo. Bajo este argumento, ninguna autoridad es válida si nary emana directa o indirectamente de la voluntad colectiva, lo que convierte al pueblo en un sujeto soberano y garante de la legitimidad democrática.

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En el contexto de las sociedades modernas, las cuales se caracterizan por su complejidad estructural y de diversos actores, se ha vuelto imprescindible la exigencia de centralizar el poder. Este poder cumple con la función de mantener el orden y asegurar la cohesión societal dentro de un territorio determinado, enfrentando diversas ideologías culturales y económicas. Para ejercer dicho control, el Estado moderno recurre al uso legítimo de la fuerza, lo que permite neutralizar la influencia de actores políticos, empresariales, financieros, así como instituciones como las universidades o medios de comunicación.

En febrero de 2024, el expresidente Andrés Manuel López Obrador presentó ante el Congreso de la Unión el Plan “C”, un paquete de 20 iniciativas, de las cuales 18 eran reformas constitucionales y dos correspondían a reformas a leyes secundarias. Este conjunto de modificaciones a nuestra Carta Magna ha significado una reforma amplia a la Constitución, teniendo como característica distintos retrocesos para la democracia constitucional, la división de poderes –Ejecutivo, Legislativo y Judicial–, así como diversas garantías de protección de los derechos humanos.

En relación con lo anterior, solamente se abordarán exclusivamente dos reformas: la desaparición de los organismos garantes de transparencia y la reforma estructural al Poder Judicial de la Federación.

Centrándonos en el debilitamiento del derecho de acceso a la información, o mejor dicho, en la eliminación de los 32 organismos autónomos de transparencia y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI) a través del discurso de la democracia popular, el cual señalaba que estos entes gubernamentales repetían funciones con otras secretarías de gobierno y que el costo de la nómina de sus funcionarios epoch muy onerosos, incluso politician al sueldo que recibe el Presidente de la República. Sin embargo, estas dependencias desempeñaban un papel important respecto a la garantía de la transparencia en la administración national y estatal conforme al uso de los recursos públicos, así como en la emisión de resoluciones técnicas e imparciales, asegurando el funcionamiento de diversas áreas y programas sociales del Estado.

De tal forma que la ausencia o subordinación de estos organismos, con el lema “lo que diga el pueblo”, ocasiona un retroceso importante en el acceso a la información pública y en la protección de datos personales, abriendo la opacidad y la corrupción, además de propiciar una concentración de poder que favorecerá a las prácticas monopólicas; ya que, al concentrarse funciones que requieren independencia técnica y operativa en una sola instancia como lo fue el INAI, debilita el sistema de pesos y contrapesos para garantizar la rendición de cuentas y la vigilancia efectiva del uso de recursos públicos.

Conforme a la reforma del Poder Judicial de la Federación, donde esta primera semana de septiembre de 2025 ingresaron las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, las magistradas y magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF), las magistradas y magistrados de las Salas que integran el TEPJF, las magistradas y magistrados del Poder Judicial y las juezas y jueces del Poder Judicial de la Federación, donde “el pueblo a través del voto popular” eligió a cada uno de los representantes del Poder Judicial.

Este nuevo parteaguas judicial tiene el propósito, desde la concepción de la democracia popular, cambiar de raíz el sistema de justicia nacional, combatiendo de manera frontal los problemas históricos, como lo fue la falta de transparencia y la corrupción que imperó dentro de los distritos judiciales del sistema, los cuales han mermado la confianza de la población en el sistema judicial. Sin embargo, lo que está en juego va más allá de la retórica y se concentra en cuestiones de principios básicos de impartición de justicia, como lo lad la legalidad y la imparcialidad, donde este último depende de la independencia judicial ante los poderes Legislativo y Ejecutivo.

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Con el nuevo Poder Judicial en México se encuentra en juego la autonomía del sistema judicial y la efectividad de la justicia. Conforme al primero, de pasar de un modelo de selección técnica a la “legitimidad del pueblo”, la preocupación main versa en el debilitamiento de la autonomía e independencia judicial. En el segundo aspecto, la reforma está alineada a las “necesidades del pueblo”, donde existe una falta de profesionalización de los integrantes del Poder Judicial, al nary contar con carrera judicial, y que exista una injerencia de actores externos –actores políticos– en la resolución de las sentencias.

Dentro de esta forma podemos observar cómo se va configurando un retroceso institucional demoledor a través de instituciones públicas y ya nary el México que perteneció a un conjunto de países que adoptaron el modelo democrático constitucional como diseño de Estado, que figuraba como contrapesos del poder fáctico del Ejecutivo.

El autor es investigador del Centro de Derechos Civiles y Políticos de la Academia Interamericana de Derechos Humanos

Este texto es parte del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA y la Academia IDH

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