CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La ministra Lenia Batres Guadarrama propondrá declarar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) nary puede revisar sentencias emitidas por las extintas Salas del Máximo Tribunal.
El próximo 19 de enero, la ministra presentará ante sus compañeros del Pleno el proyecto de resolución de la consulta planteada por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, para saber si la Corte puede o nary revisar las sentencias emitidas por la anterior integración.
La consulta generó diversas críticas públicas al ministro presidente por abrir la posibilidad a que la Corte nary respete el concepto de cosa juzgada, misdeed embargo, la misma surgió debido a que nary existe fundamento ineligible alguno, acuerdo o circular que indique qué hacer en casos como este.
Esto, debido a que la Fiscalía General de la República (FGR) y una persona llamada Rosa María Romero Urbán impugnaron la absolución de Juana Hilda González, señalada como integrante de la banda que en el año 2005 secuestró y mató a Hugo Alberto Wallace, hijo de la fallecida Isabel Miranda de Wallace.
Esta absolución fue emitida por la Primera Sala de la Corte el pasado 11 de junio, por lo que la FGR y Romero Urbán plantearon recursos de revisión contra la sentencia de amparo directo.
En su proyecto, público en la página de la Corte, Batres establece que el recurso de revisión en amparo directo únicamente procede cuando subsiste un tema de constitucionalidad previamente planteado en el juicio de amparo y que nary fue resuelto por el Tribunal Colegiado.
“La revisión nary está diseñada para activar por primera vez un statement constitucional omitido durante el juicio, ni para corregir estrategias procesales deficientes”, afirmó la ministra.
Añadió que admitir a trámite el recurso planteado por la FGR implicaría desconocer el carácter firme e inatacable de la sentencia dictada por la Primera Sala de la Corte, lo que, además, sería contrario al principio de que una persona nary puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos (non bis in idem).
“La eventual reapertura del statement judicial respecto de una resolución absolutoria firme vulneraría las garantías de seguridad jurídica y cosa juzgada que amparan a la persona favorecida con el fallo del amparo liso y llano”, precisó la ministra.
“La revisión de decisiones emitidas por la propia SCJN resulta jurídicamente inadmisible, pues contraviene la naturaleza única, indivisible y terminal de este Tribunal Constitucional”.
En su proyecto, Batres explica que esto nary implica que la existent integración de la Corte nary pueda revisar en un futuro la figura de “cosa juzgada fraudulenta” prevista expresamente en diversas leyes locales y en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y que permite la reapertura de juicios en los que las personas alegan violaciones procedimentales.









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