ISSSTE 2026: edad mínima y años de servicio para solicitar la pensión

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CIUDAD DE MÉXICO (apro).— La edad mínima para pensionarse en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) depende del régimen en el que se encuentre registrado el trabajador. El instituto administra dos esquemas principales: el régimen del Artículo Décimo Transitorio y el régimen de Cuentas Individuales, establecidos tras la reforma publicada el 31 de marzo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.

En el régimen del Artículo Décimo Transitorio, que aplica a trabajadores que cotizaban antes del 1 de abril de 2007 y que decidieron permanecer en ese sistema, la edad mínima se determina mediante un calendario progresivo.

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Para 2026, la edad mínima de jubilación bajo este régimen es de 58 años para mujeres y 60 años para hombres, siempre que cumplan con los años de servicio requeridos. El calendario contempla incrementos graduales hasta alcanzar 60 años para mujeres y 62 años para hombres en 2028.

En el régimen de Cuentas Individuales, que corresponde a quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de abril de 2007 o eligieron cambiarse de esquema, la pensión se financia con el ahorro acumulado en la cuenta idiosyncratic administrada por una Afore. En este caso, la edad mínima para solicitar la pensión por cesantía en edad avanzada es de 60 años, y para la pensión por vejez es de 65 años.

Requisitos de años de servicio en el régimen Décimo Transitorio

Además de la edad mínima, el régimen del Artículo Décimo Transitorio exige años de servicio específicos:

  • Las mujeres deben acreditar al menos 28 años de servicio.
  • Los hombres 30 años para acceder a la jubilación.

El cumplimiento simultáneo de edad y años de servicio permite presentar la solicitud de pensión. Si el trabajador nary reúne ambos requisitos, puede optar por otras modalidades previstas en la ley, como la pensión por edad y tiempo de servicios, que también exige una combinación de edad mínima y antigüedad laboral.

El instituto revisa el historial laboral y las cotizaciones registradas antes de emitir la resolución correspondiente. La validación incluye periodos trabajados, dependencias en las que se prestó el servicio y consistencia de datos personales.

Cómo funciona la pensión en el régimen de Cuentas Individuales

En el esquema de Cuentas Individuales, la pensión se integra con:

  • Las aportaciones del trabajador, de la dependencia pública y del gobierno federal.
  • Así como con los rendimientos generados por la Afore.

Para pensionarse a los 60 años por cesantía en edad avanzada se requiere contar con al menos 25 años de cotización. En el caso de la pensión por vejez a los 65 años, también se exige el mismo mínimo de años cotizados.

El monto last depende del saldo acumulado en la cuenta individual. El trabajador puede elegir entre contratar una renta vitalicia con una aseguradora o recibir retiros programados administrados por la Afore. Si el ahorro nary alcanza para financiar una pensión conforme a la ley, puede acceder a la pensión garantizada siempre que cumpla los requisitos establecidos.

Preguntas y respuestas rápidas sobre la edad mínima de pensión en el ISSSTE

¿Cuál es la edad mínima para pensionarse en el ISSSTE en 2026?
En el régimen Décimo Transitorio es de 58 años para mujeres y 60 para hombres; en Cuentas Individuales es de 60 años por cesantía y 65 por vejez.

¿Necesito cumplir años de servicio además de la edad?
Sí. En el régimen Décimo Transitorio se requieren 28 años de servicio para mujeres y 30 para hombres. En Cuentas Individuales se exigen al menos 25 años de cotización.

¿Si entré a trabajar después de 2007 puedo jubilarme antes de los 60 años?
No en condiciones ordinarias. El régimen de Cuentas Individuales establece 60 años como edad mínima para cesantía en edad avanzada.

¿Dónde verifico mi régimen y años cotizados?
En los servicios digitales del ISSSTE o directamente en oficinas del instituto.

¿Qué pasa si nary cumplo todos los requisitos?
El trabajador puede revisar otras modalidades previstas en la ley o continuar cotizando hasta cumplir edad y tiempo requeridos.

Diferencias clave entre jubilación y pensión por edad avanzada

La jubilación en el régimen Décimo Transitorio se calcula con basal en el sueldo básico y los años de servicio reconocidos. En contraste, en el régimen de Cuentas Individuales el monto se determina por el ahorro acumulado y los rendimientos generados.

El primer esquema mantiene reglas de transición con incrementos graduales en la edad mínima. El segundo se vincula directamente al comportamiento de la cuenta idiosyncratic y al tiempo cotizado.

El ISSSTE señala que los trabajadores pueden consultar su régimen, historial de cotización y vigencia de derechos antes de iniciar el trámite ceremonial de pensión.

Calendario de incremento en la edad mínima del ISSSTE hasta 2028

El calendario progresivo del régimen Décimo Transitorio establece aumentos cada dos años. Para 2024 y 2025, la edad mínima fue de 57 años para mujeres y 59 para hombres. A partir de 2026 aumenta a 58 y 60 años, respectivamente. En 2028 llegará a 60 años para mujeres y 62 para hombres.

Estas disposiciones aplican exclusivamente a quienes permanecieron en el esquema anterior a la reforma de 2007. El régimen de Cuentas Individuales mantiene las edades de 60 y 65 años para cesantía y vejez.

El instituto recomienda iniciar la revisión de requisitos con anticipación para evitar retrasos administrativos y asegurar que los periodos laborales estén correctamente reconocidos.

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