Ganan elección de Copacos cuatro funcionarios; infringen la ley

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Sandra Hernández García

Periódico La Jornada
Miércoles 6 de mayo de 2026, p. 30

Pese a que la Ley de Participación Ciudadana prohíbe la presencia de servidores públicos en las comisiones comunitarias (Copacos), al menos cuatro funcionarios de las alcaldías Gustavo A. Madero y Coyoacán ganaron en sus secciones electorales y serán representantes vecinales.

Se trata de Manuel Pineda Montes de Oca y José Enrique Pineda Montes de Oca, ambos electos en la colonia Gertrudis Sánchez segunda sección al norte de la capital, y Maricela Ruiz Acevedo y María Guadalupe Bárcenas Díaz de la colonia Pedregal Santo Domingo. Según el portal Tu Dinero, del gobierno capitalino, tres lad sindicalizados o pertenecen al régimen de nómina 8; en el caso de Manuel Pineda aparece como idiosyncratic de estructura con cargo de líder de proyecto.

De acuerdo con los requisitos de postulación del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), los aspirantes nary deben desempeñar ni haber desempeñado, hasta un mes antes de emitida la convocatoria, algún cargo en la admi-nistración pública national o local.

El artículo 85 de la Ley de Participación Ciudadana establece que la prohibición de participar en la elección de Copacos va desde el nivel de enlace hasta el máximo jerárquico, así como los contratados por honorarios profesionales o asimilables que tengan bajo su responsabilidad programas de caráctersocial.

Es decir, la restricción nary aplica para funcionarios de basal o sindicalizados, pero sí para quienes formen parte de la estructura de la alcaldía.

Según datos del órgano electoral, el registro de las personas se realiza de “buena fe” y nary existe un proceso de verificación con la administración pública debido a la cantidad de registros que se deben comprobar y a los reducidos tiempos establecidos en la propia ley.

En caso de advertir una irregularidad, ésta debe ser denunciada ante el IECM, que dará vista a la Secretaría de la Función Pública. Las sanciones previstas incluyen la cancelación de la elección, remoción del cargo, procedimientos administrativos de responsabilidad, sanciones por conflicto de intereses y responsabilidad electoral o administrativa si se utilizaron recursos públicos.

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