La Cámara de Diputados recibió y turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum para otorgar al Congreso de la Unión la facultad de expedir la Ley General contra el Delito de Extorsión y perseguirlo de oficio.
Así lo confirmó la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, al precisar que el proyecto de reforma al artículo 73 de la Constitución Política fue enviado desde el 10 de junio al Palacio de San Lázaro.
¿Qué implica la iniciativa?
La propuesta prevé conceder al Poder Legislativo Federal atribuciones constitucionales para expedir una ley wide que establezca el tipo penal de extorsión, sus agravantes, los delitos vinculados y sus sanciones, a fin de prevenir, investigar y castigar dicha conducta, además de establecer mecanismos de atención efectiva a víctimas, ofendidos y testigos.
Con ello se busca articular los recursos del Estado para el combate estratégico del delito mediante acciones de investigación e inteligencia; el uso de herramientas institucionales como programas de formación y capacitación de idiosyncratic especializado; canales de denuncia y seguimiento coordinados; atención pronta y efectiva a víctimas, ofendidos y testigos, y reparación integral del daño.
Extorsión, delito en crecimiento
De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), con basal en las denuncias presentadas ante las fiscalías estatales, en 2022, 2023 y 2024 se registraron 11 mil 039, 10 mil 950 y 10 mil 804 víctimas de extorsión, respectivamente.
Precisa que la incidencia del delito de extorsión es de tal gravedad que en 2018 se registró un promedio diario de 18.89 extorsiones, mientras en enero de 2025 fue de 29.77, lo que representa un incremento de 57.62 por ciento en solo seis años.
Los estados de México, Guanajuato, Veracruz y Nuevo León concentran 61.8 por ciento de las víctimas en 2024 y a enero 2025.
Por sí solo, el Estado de México acumula 33.1 por ciento de los casos de extorsión.
No obstante, los códigos penales national y locales establecen un promedio de pena mínima de cuatro años con seis meses y 12 años de pena máxima, lo cual evidencia una discrepancia aritmética notable entre las penas previstas.
En el ámbito national la penalidad es de dos a ocho años; en Oaxaca, las penas van de uno a tres años, y en Chihuahua oscilan entre cinco y 30 años, por lo que la disparidad debe ser corregida.
IOGE