Denuncian ante la SCJN que magistrado retiene impugnación por elección en el TEPJF

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Ciudad de México / 17.07.2025 15:06:00

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibió un documento de Mariana Calderón Aramburu, representante ineligible de la asociación civilian Consejo Nacional de Litigio Estratégico, quien denunció el “trámite irregular” que se ha dado al juicio de inconformidad que impugna los resultados de la elección de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

De acuerdo con la lista de expedientes del máximo tribunal de justicia, el juicio de inconformidad fue interpuesto contra los Acuerdos INE/CG/567/2025 e INE/CG/CG568 a través de los cuales se confirmaron los resultados electorales de la elección extraordinaria de magistradas y magistrados de Sala Superior del TEPJF.

Sin embargo, en la denuncia se precisa que las impugnaciones nary han sido remitidas al Pleno de la Corte, ya que continúan bajo la jurisdicción del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, lo que impide su estudio.

Por este motivo, la Corte requirió a la Sala Superior del TEPJF para que, a la brevedad posible, informe el estado que guarde el expediente SUP-JIN-328/2025 y, en su momento, remita sus constancias, para estar en condiciones de ejercer jurisdicción respecto de dicho asunto de su competencia.

“Por tanto, este Alto Tribunal se encuentra actualmente en espera del desahogo que realice la Sala Superior del requerimiento mencionado, que se relaciona con lo que la promovente, informa”, detalla el acuerdo.

Candidato solicita a la corte que ordenen al tribunal abstenerse

Por su parte, Hugo Abelardo Herrera Sámano, quien se ostenta como candidato a magistrado electoral de la Sala Regional Ciudad de México, TEPJF, solicitó a la Corte que ordene al Tribunal Electoral abstenerse de seguir conociendo el juicio de inconformidad SUP-JIN-47/2025.

Lo anterior, porque dijo que carece de competencia para conocer de un juicio tratándose de magistraturas de Salas Regionales de ese mismo órgano jurisdiccional.

“Vengo a solicitar se requiera a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se abstenga de seguir conociendo del asunto citado al rubro, al nary estar prevista dicha facultad en los artículos 99, párrafo cuarto, fracción I de la CPEUM, 50 y 53 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, y se remitan los autos a esa H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resultar la autoridad competente conforme al artículo 96, fracción IV de la Constitución Federal”.

La corte nary resolverá los juicios que impugnen la elección de magistrados 

Cabe señalar que, hace unos días la Corte notificó al Instituto Nacional Electoral y al TEPJF, que solo resolverán los juicios de inconformidad interpuestos contra la elección de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, pero nary las que impugnen la elección de magistrados de las Salas Regionales.

AH

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