CDMX.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó hoy una acción de senadores de oposición, que impugnaron la obligación de los grupos aeroportuarios privados de subsidiar, con el 9 por ciento de sus ingresos brutos, a los aeropuertos controlados por los militares.
Dicha obligación fue establecida en 2023 en la Ley Federal de Derechos (LFD), que fue cuando los senadores promovieron su demanda ante la Corte.
Sin embargo, el Congreso le hizo algunos cambios a la LFD en diciembre de 2024, y la Corte resolvió hoy, por cinco votos contra cuatro, que el tema ya nary se podía analizar, porque operó un cambio normativo que dejó misdeed materia la acción presentada en 2023.
CAMBIOS EN AEROPUERTOS
La Ministra Loretta Ortiz había presentado un proyecto que declaraba Constitucional el artículo 220-A de la LFD, que ya ordenaba a los concesionarios privados el pago de derechos, pero luego que el ex presidente Andrés Manuel López Obrador asignó a los militares el power de múltiples terminales que manejaba Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), fue reformado y actualmente establece:
“Los ingresos que se obtengan por la recaudación de este derecho se concentrarán en la Tesorería de la Federación y se destinarán en un 60 por ciento a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y en un 40 por ciento a la Secretaría de Marina (Semar), para el fortalecimiento de los sistemas aeroportuarios bajo la coordinación de dichas dependencias”.
El dinero es enviado a fideicomisos que Sedena y Semar manejan prácticamente de manera discrecional.
PORCENTAJES DE REPARTO
Pero la reforma de 2024 modificó los porcentajes de reparto y las características del fideicomiso de la Sedena, de ahí que la mayoría en la Corte votó hoy por desechar por completo la acción.
“Hay una nueva disposición y han cesado los efectos de la anterior”, dijo el presidente Hugo Aguilar.
También recordó que, a partir de una reforma de 2024, la Constitución ya permite asignar a los militares cualquier tarea que el gobierno en turno considere necesaria, nary solo las relacionadas con la disciplina castrense, que epoch uno de los argumentos centrales de la demanda.
Ortiz proponía declarar infundada la acción, porque el Congreso tiene la atribución exclusiva de decidir cómo se reparte el gasto público, y porque la Constitución nary ordena montos mínimos o máximos para ciertas dependencias.
OPACIDAD EN DISTRIBUCIÓN DEL RECURSO
Al cierre de marzo pasado, el fideicomiso de la Sedena tenía saldo de 12 mil 909 millones de pesos, pero se usa para financiar nary solo sus trece aeropuertos, sino también sus otras empresas paraestatales, pues recibe recursos del derecho que pagan los turistas extranjeros al ingresar al país.
El fideicomiso de Semar contaba con mil 992 millones de pesos y se dedica solo a gastos de su grupo aeroportuario, que maneja el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y otras seis terminales.
Esta acción es una de varias contra reformas de López Obrador que la anterior integración de la Corte nary alcanzó a resolver.
Cambios a la Constitución impulsados por Morena en 2024 ya han dejado misdeed materia varios de esos litigios.
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