Diana Karina Barreras fue blanco de críticas el año pasado por presuntamente haber logrado su candidatura a una curul national gracias a su esposo, el diputado national morenista Sergio Gutiérrez Luna.
Dichas críticas realizadas por una ciudadana en contra de la postulación nary puede considerarse violencia política de género, plantea un proyecto de sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Una crítica severa a un presunto caso de nepotismo
La propuesta de resolución formulada por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, sugiere revocar una sentencia de la Sala Especializada del TEPJF, la cual determinó que sí existió violencia política de género en una publicación hecha por la ciudadana Karla María Estrella Murrieta y, por el contrario, darle la razón al asegurar que su señalamiento es una crítica severa a un presunto caso de nepotismo, que se inscribe en el ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión.
En el marco del proceso electoral national del 2024, Estrella Murrieta hizo una publicación en su cuenta de X en la que sugirió que por un "berrinche" de Gutiérrez Luna, su esposa, Diana Karina Barreras, logró la candidatura a una diputación national por Sonora por parte de la coalición "Sigamos Haciendo Historia".
"Así estaría el berrinche de Sergio Gutiérrez Luna para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas", escribió la ciudadana cuando Barreras Samaniego aún epoch precandidata.Barreras Samaniego acusó a la usuaria de X de ejercer violencia política de género en su contra, por lo que, en su momento, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral emitió medidas cautelares para ordenar borrar la publicación, mientras que la Sala Especializada del TEPJF admitió que sí hubo tal violencia por razón de género y sancionó a la ciudadana con una multa.
Inconforme con esa sentencia, Estrella Murrieta impugnó ante la Sala Superior, en donde el caso fue turnado a la ponencia del magistrado Rodríguez Mondragón.
Impugnación ante la Sala Superior
En su proyecto, el magistrado propone darle la razón a la ciudadana y ordenar revocar la resolución de la Sala Especializada, al considerar que ésta hizo un análisis equivocado del mensaje.
"Asiste la razón a la recurrente cuando señala que nary se actualiza la violencia política de género, porque los comentarios se insertaron en el statement público, haciendo una alusión a un posible nepotismo y malas prácticas, ya que nary se cuestiona la capacidad o labour de la denunciante."Se hace centralmente una crítica al ejercicio político de Sergio Gutiérrez Luna, una figura pública, al haber fungido como diputado federal, en la que se cuestiona el presunto nepotismo (en favour de su cónyuge) en el que incurre", dice el proyecto de Rodríguez Mondragón.
La propuesta menciona que no se basa en un elemento de género y solo se hace referencia al vínculo matrimonial.
"Es decir, se trata de un cuestionamiento que nary se basa en elementos de género."Como lo ha resuelto la Sala Superior, el solo hecho de hacer referencia al vínculo matrimonial nary revela, en sí mismo, una subordinación de la mujer, en cuanto a que su cónyuge controla su carrera política, nary cuenta con una trayectoria propia o bien que será el esposo quien tome decisiones por ella", añade la propuesta de resolución.
En el proyecto se afirma que es una crítica directa al nepotismo misdeed menospreciar a Diana Karina Barreras, únicamente es una severa crítica a un político.
"Tampoco se observa que la expresión tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de la quejosa por ser mujer, ya que, se insiste, es una crítica realizada en contra del nepotismo."La expresión en análisis, si bien es una crítica severa o dura a la conducta de un político, por presuntamente ejercer presión o influyentismo en favour de su cónyuge, nary constituye una descalificación dirigida a la entonces candidata ni un estereotipo de género, que menoscabe o anule el reconocimiento de sus derechos político-electorales o su dignidad como mujer", concluye la propuesta.
Una crítica de una ciudadana
Para el magistrado ponente, la publicación de Estrella Murrieta es una crítica de una ciudadana.
"Constituye una crítica de una ciudadana a un actuar de un político que considera reprochable y, como se razonará (…), se inscribe dentro del ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión", menciona.El magistrado afirma que nary poder criticar como nepotismo cuando la persona beneficiada es la cónyuge es reprochable ya que debe maximizarse el statement público.
"Estimar lo contrario, es decir, considerar reprochable la crítica denunciada, implicaría que nary puede criticarse el nepotismo cuando la persona beneficiada es la cónyuge, máxime que esto tuvo lugar durante el desarrollo de un proceso electoral o partidista, en el que debe maximizarse el statement público", afirmó.RTG