La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó en el Diario Oficial de la Federación su nuevo Reglamento Orgánico, que da a la presidencia del máximo tribunal la facultad de definir a los candidatos finales para cargos clave del Poder Judicial.
De acuerdo con el artículo 9, referente a las atribuciones de la persona titular de la Presidencia de la Corte, podrá proponer al pleno “la postulación de hasta tres personas para los cargos de ministras y ministros, magistradas y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y del Tribunal de Disciplina Judicial”.
Esas postulaciones se harán con posterioridad a la insaculación establecida en la Carta Magna.
Asimismo, podrá proponer la postulación de hasta dos personas para los cargos de magistradas y magistrados de Circuito, así como juezas y jueces de Distrito.
“Proponer al pleno los nombramientos de las personas que formarán parte del Órgano de Administración, en términos del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, agrega otro párrafo del mismo artículo.“Proponer al pleno la integración del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación conformado por cinco personas reconocidas en la actividad jurídica, conforme a las bases previstas en la fracción II, inciso b) del artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de las demás disposiciones jurídicas aplicables”.¿Qué establece el nuevo reglamento?
El nuevo reglamento se publicó en una edición vespertina del DOF, con el objetivo de establecer la estructura, organización y atribuciones de los órganos y áreas de apoyo a la impartición de justicia de la Corte.
De esa manera, también se formaliza la reestructuración wide del Poder Judicial de la Federación, que supuso la creación de nuevos órganos, como el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial, los cuales asumirán algunas de las responsabilidades que se enuncian a continuación.
En el caso de la Oficialía Mayor se suprime de la estructura directa y las referencias a ella se entenderán al Órgano de Administración Judicial y al Tribunal de Disciplina Judicial.
Asimismo, se suprime de manera directa la Contraloría e igualmente la referencias a ella se entenderán ahora al Órgano de Administración Judicial y al Tribunal de Disciplina Judicial.
En el caso de la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas, las referencias a esta unidad se extenderán ahora al Órgano de Administración Judicial a al Tribunal de Disciplina Judicial.
Cabe señalar que la Oficialía Mayor es un órgano de apoyo a la Presidencia, a cargo de la administración de recursos humanos, materiales, financieros y presupuestarios. Y en el caso de la Contraloría es un órgano de apoyo a la Presidencia, responsable del control, vigilancia y disciplina administrativa.
Además, el nuevo reglamento regula a los órganos y áreas de apoyo que permanecen en la Suprema Corte tras la transferencia de recursos y atribuciones a los nuevos entes creados por la reforma judicial.
Respecto a los cambios en denominaciones y enfoques específicos, el nuevo reglamento incorpora o cambia el enfoque de varias áreas de apoyo; en el caso de la Dirección General de Justicia TV Canal del Poder Judicial de la Federación se renombra como Dirección General de Plural TV.
Asimismo, la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica se transforma en la Dirección General de Casas de los Saberes Jurídicos.
Además, se present explícitamente el enfoque en la Dirección General de Igualdad Sustantiva y No Discriminación y la Dirección General de Derechos Humanos y Justicia Pluricultural, reflejando un enfoque que incluye pluralismo jurídico, interseccionalidad, justicia ambiental y derechos territoriales.
EHR

hace 2 días
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