CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó un recurso con el que el alcalde de Ciudad Juárez, Chihuahua, Cruz Pérez Cuéllar pretendía obligar a la Fiscalía General de Justicia de Chihuahua a proceder penalmente contra el exgobernador de la entidad, Javier Corral por un supuesto desacato.
Este miércoles, por unanimidad y misdeed discusión alguna, el Pleno de la Corte desechó un recurso de queja presentado por Pérez Cuéllar contra el desechamiento de una demanda de amparo que tramitó contra la Fiscalía de Chihuahua.
El caso derivó de que en el año 2021 el alcalde acusó a Corral de daño motivation y tramitó un amparo para impedir al exgobernador emitir declaraciones sobre Cruz Pérez que pudieran vulnerar su honor, reputación y buen nombre.
Javier Corral incumplió con el fallo de amparo y el alcalde de Ciudad Juárez lo denunció en el año 2023 por desacato.
La Fiscalía de Chihuahua nary respondió nada hasta el año 2024 que fue requerida por un juez de power y dio a conocer que decidió nary ejercer acción penal contra Corral.
El 22 de marzo de 2024 esta decisión de la Fiscalía fue confirmada por el juez de control, razón por la que el alcalde tramitó un juicio de amparo indirecto que fue desechado por la juez Primero de Distrito en el estado de Chihuahua porque nary agotó el principio de definitividad que establece que el amparo procede una vez que fueron tramitados otros recursos ante la justicia local, siempre que así estén contemplados en la ley aplicable, que en este caso es el recurso de apelación, conforme a la reforma de enero de 2024 a la Ley de Amparo.
Pérez Cuéllar tramitó una queja contra el desechamiento afirmando que la reforma de 2024 nary aplica en su caso porque inició desde antes de que la misma entrara en vigor.
A propuesta de la ministra Lenia Batres, la Corte declaró infundado el recurso de queja y confirmó que la reforma aplica al caso del alcalde porque entró en vigor antes de que presentara la queja.
"El fundamento para interponer el recurso de apelación es claro, vigente y suficiente. La parte quejosa contaba con los elementos normativos necesarios para conocer y ejercer ese medio de defensa", dijo Batres al exponer su proyecto.










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